Regulación extranjeros en España 2026
¡Regulariza tu situación en España sin complicaciones!
Nuevo Real Decreto – Servicio Jurídico Especializado
Regularización extraordinaria sin complicaciones
Servicio jurídico especializado para personas extranjeras que podrán acogerse a la nueva regularización extraordinaria en España, con vigencia del 1 de abril al 30 de junio de 2026.
En Raya Real Servicios Jurídicos gestionamos todo el procedimiento de forma electrónica, en cualquier punto de España, con honorarios transparentes y precio cerrado.
Contamos con más de 10 años de experiencia en extranjería y permisos de residencia.
¿Qué incluye el servicio?
Tramitación completa y segura
- Estudio previo del caso
- Revisión completa de la documentación
- Asesoramiento jurídico personalizado
- Preparación del expediente conforme al nuevo Real Decreto
- Presentación electrónica ante la plataforma habilitada
- Seguimiento del procedimiento
- Atención presencial el día de la cita
Tramitación en toda España
Honorarios
Claros y sin sorpresas
Condiciones especiales para los primeros expedientes
- Honorarios Raya Real Servicios Jurídicos: Coste único 250 €
- Tasas de la administración: aprox. 39 €
- Apoderamiento electrónico: aprox. 60 €
Tarifa estándar para expedientes posteriores
Los honorarios aplicables a la gestión estándar del servicio son de 499,99 € por expediente.
El servicio se presta sin límite de solicitudes, atendiendo a todas las personas que cumplan los requisitos legales.
La diferencia entre ambas condiciones es exclusivamente económica, derivada de la aplicación de condiciones especiales en la fase inicial, del nuevo Real Decreto de regularización de extranjeros.
Aviso Importante de Transparencia
Sin costes ocultos ni engaños
- No existe reserva de cupo ni plazas limitadas.
Todas las solicitudes se tramitan conforme a los criterios legales establecidos en la normativa vigente. - No se cobra por bloquear, reservar o asegurar trámites.
No existen pagos por “reserva de cita”, “reserva de expediente” ni conceptos similares. - Los honorarios profesionales se abonan el mismo día de la presentación telemática del expediente.
No se solicitan pagos anticipados por promesas futuras ni por gestiones inexistentes. - No existe ningún coste para acelerar el procedimiento.
Ningún abogado, gestor o intermediario puede agilizar los plazos oficiales fijados por la Administración Pública. - No hay orden de preferencia entre expedientes.
Todos los trámites siguen el curso oficial y ordinario establecido por la Administración competente. - Toda la documentación se presenta exclusivamente por vía electrónica, a través de la plataforma habilitada por la Administración.
- La documentación original se escanea el día de la cita y se devuelve en el momento.
El despacho no retiene documentación personal. - El día de la toma de huellas se aportan los documentos originales, conforme al procedimiento administrativo habitual.
- Desconfíe de ofertas que prometan citas garantizadas, rapidez extraordinaria o ventajas exclusivas, ya que no forman parte del procedimiento legal.
Nuestro compromiso es ofrecer un servicio profesional, honesto y transparente, ajustado estrictamente a la normativa vigente.
Raya Real Servicios Jurídicos actúa conforme a la legalidad vigente y no colabora con intermediarios, captadores ni terceros que ofrezcan servicios de reserva de citas o aceleración de trámites.
Documentación necesaria para el tramite
Qué necesitas para iniciar tu solicitud
Documentación obligatoria:
- Pasaporte en vigor.
- Certificado literal de nacimiento del país de origen
- Certificado de empadronamiento histórico
- Apoderamiento electrónico
- Certificado de antecedentes penales del país de origen
APOSTILLA Y TRADUCCIÓN
- Si el país de origen está adherido al Convenio de La Haya, el certificado deberá venir apostillado
- Para países no hispanohablantes, la documentación deberá estar apostillada y traducida oficialmente al español
REQUISITOS OBLIGATORIOS
Para iniciar el procedimiento conforme al nuevo Real Decreto:
- Haber permanecido en España al menos 5 meses antes del 31 de diciembre de 2025
- Carecer de antecedentes penales
Documentación opcional (NO OBLIGATORIA):
Aportar esta documentación puede reforzar el expediente y facilitar su tramitación.
Los documentos deben ser anteriores al 31 de enero de 2025.
- Contratos de alquiler o justificantes de pago
- Justificantes de movimientos bancarios o envíos de dinero al país de origen
- Abono transporte
- Facturas de suministros básicos
- Informes o justificantes médicos
- Oferta de empleo por parte de empresa o empleador
PREPARA TU TRÁMITE CON ANTELACIÓN
Deja tu expediente listo para la entrada en vigor del nuevo Real Decreto y comienza tu proceso de regularización con seguridad jurídica y acompañamiento profesional.
